CRóNICAS DE TLACAELEL
Día tras día la petición de la renuncia de Felipe Calderón como presidente del país va creciendo, en una espiral que actualmente no sabemos hasta donde llegue. Diversas organizaciones de diferente índole han levantado la voz y han esgrimido argumentos diversos para dicha renuncia. Los argumentos van desde el incumplimiento de sus promesas de campaña, el cuestionamiento por el resultado de las elecciones del 2006, la forma abrupta en que asumió la presidencia, la errónea lucha emprendida por su administración contra el narco y el crimen organizado, haber llevado al país a los niveles más bajos de crecimiento en varias décadas, haber endeudado cada vez más al país, por el intento de la venta indiscriminada de los recursos naturales que aún le quedan al país, por la pérdida de liderato de México en Latinoamérica, por la enorme carestía que la gente común y corriente tiene que soportar, por la imposición de las reformas realizadas en detrimento de la clase trabajadora, por los constantes aumentos a los productos básicos avalados por su partido y por el PRI, por la creciente ola de violencia que ha padecido el país en los últimos años, por la militarización del país, por el uso indiscriminado y anticonstitucional de los grupos de seguridad del país, etc. La lista podría crecer interminablemente.
Hasta ahora argumentos sobran, pero la parte medular en estos casos es la parte jurídica del caso. Ante eso, la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, solamente en el artículo 39, manifiesta que la soberanía nacional reside en el pueblo y que éste tiene el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno y en el artículo 41 menciona que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la unión, situación que ya limita la acción directa del pueblo para ejercer su derecho a modificar la forma de gobierno que le convenga. Por otra parte, el artículo 86 menciona que el cargo de Presidente de la República solo es renunciable por causa grave que calificará el Congreso de la Unión, ante el que se presenta la renuncia.
Tal vez sea la fracción VI del artículo 89 de la constitución mexicana, sería la que se podría utilizar para pedir la renuncia de Calderón, una vez que su forma de gobernar ha puesto constantemente en peligro la seguridad nacional, pero aun así, faltaría que el congreso de la unión la considerara como causa grave, y que por primera vez en muchos años dicho congreso actuara en forma independiente y madura respecto del poder Ejecutivo.
0 comentarios:
Publicar un comentario